1.1. Los términos escritos con mayúscula inicial en estas condiciones generales tienen el siguiente significado:
a. Organizador: el usuario de estas condiciones generales, siendo el empresario individual «Trails of Menorca», con domicilio social en España, en la dirección Carrer des Ullastres 3, 07711 Binissafuller, Menorca, Illes Baleares que ofrece Actividades en el ejercicio de una profesión/negocio.
b. Contratante: la persona (física) (jurídica) que ha suscrito un Contrato con el Organizador.
c. Las partes: el Organizador y el Contratante.
d. Contrato: el contrato entre las Partes relativo a la organización/realización de una/varias Actividad/es por parte del Organizador en nombre de la Parte Contratante y a cambio de un pago por parte de la Parte Contratante.
e. Actividad: actividad física organizada por el Organizador, incluidos los viajes de senderismo, las excursiones a pie, los deportes (al aire libre), y todas las actividades necesarias para su realización, tales como proporcionar, alquilar o comprar/vender material, organizar el transporte, organizar el alojamiento, dar o encargar instrucciones, y proporcionar o encargar la supervisión de la actividad física.
f. Participante: la persona que participa efectivamente en una Actividad, incluida la Parte Contratante si ésta (también) participa efectivamente en una Actividad.
2.1. 2.1. Estas condiciones generales se aplican a todos los Contratos y ofertas del Organizador en la medida en que el Organizador no haya especificado explícitamente lo contrario por escrito.
2.2. Condiciones generales de contratación. Queda excluida la aplicabilidad de cualesquiera términos y condiciones (generales) de la Parte Contratante a cualquier Contrato u oferta.
2.3. Las presentes condiciones generales se declaran aplicables en el Contrato. El Contratante también acepta su aplicabilidad al participar en una Actividad y pagar el precio.
2.4. Sólo será posible apartarse de las presentes condiciones generales si las Partes lo acuerdan expresamente por escrito.
2.5. Si una o más disposiciones de las presentes condiciones generales resultaran inaplicables o nulas, en su totalidad o en parte, las restantes disposiciones de las presentes condiciones generales seguirán siendo de plena aplicación.
2.6. Todas las posibles situaciones que puedan surgir entre las Partes y que no estén reguladas en las presentes condiciones generales se evaluarán y resolverán de acuerdo con el objeto y el ámbito de aplicación de las presentes condiciones generales.
2.7. El hecho de que el Organizador no exija siempre al Contratante el estricto cumplimiento de estas condiciones generales no significa que las disposiciones correspondientes no sean de aplicación a un Contrato u oferta, ni que el Organizador ya no tenga derecho a exigir el cumplimiento de estas condiciones generales por parte del Contratante en otros casos, similares o no.
3.1. 3.1. Un Contrato se celebra tras la confirmación por escrito por parte del Organizador de una reserva realizada por la Parte Contratante.
3.2. Un Contrato se celebra a condición de que los permisos, exenciones, asignaciones, etc. necesarios se concedan a tiempo. 3.2. La celebración del Contrato está sujeta a la condición de que se concedan a tiempo los permisos, exenciones, asignaciones, etc. necesarios.
3.3. Compromisos verbales o acuerdos por/en nombre del Organizador no son vinculantes a menos que se confirmen expresamente por escrito. Los compromisos o acuerdos verbales por/en nombre del Organizador no son vinculantes a menos que el Organizador los confirme expresamente por escrito.
3.4. La aceptación por la Parte Contratante de una oferta del Organizador no dará lugar a un Contrato si la aceptación difiere de la oferta, ya sea en puntos menores o no, a menos que el Organizador indique explícitamente lo contrario por escrito.
4.1. Todos los precios indicados en una oferta incluyen el IVA y otros gravámenes (inter)nacionales, impuestos o recargos gubernamentales, a menos que el Organizador indique explícitamente lo contrario por escrito. Estos costes correrán a cargo de la Parte Contratante.
4.2. Si surgen costes adicionales para el Organizador después de realizar una oferta o después de celebrar un Contrato como resultado de un cambio en los impuestos/tasas directamente relacionados con una Actividad, estos costes se cargarán a la Parte Contratante.
4.3. El Organizador no está obligado por ningún aspecto de una oferta o de un Contrato si la Parte Contratante puede reconocer razonablemente que dicho aspecto es un error obvio o un error administrativo.
5.1. La Parte Contratante abonará el precio acordado inmediatamente después de formalizar la reserva al número de cuenta bancaria facilitado por el Organizador.
5.2. Cualquier pago en efectivo al que se comprometa el Organizador se realizará en euros.
5.3. Si la Parte Contratante incumple cualquier obligación de pago, el Organizador tiene derecho a suspender el cumplimiento del Contrato en su totalidad.
6.1. El Contratante puede reservar una Actividad para sí mismo y/o para otras personas. En todos los casos, el Contratante celebra un Contrato en su propio nombre y por cuenta propia.
Estas otras personas -Participantes- no son entonces la parte contratante del Organizador. Todos los derechos y obligaciones derivados del Contrato, de las presentes Condiciones Generales, de la Declaración de Privacidad y de la Declaración de Riesgos y Responsabilidades corresponderán en tal caso a la Parte Contratante.
6.2. Cuando la reserva sea para varias personas, la Parte Contratante es responsable de asegurarse de que los participantes se han familiarizado con las Condiciones Generales, la Declaración de Privacidad y la Declaración de Riesgo y Responsabilidad antes del inicio de la actividad.
6.3. Cuando se reserve para varias personas, la Parte Contratante también será responsable del cumplimiento por parte de los Participantes de todas las normas de conducta, deberes de información, instrucciones, normativa gubernamental, etc. El incumplimiento de las mismas por parte de los Participantes será por cuenta y riesgo del Contratante en relación con el Contrato.
7.1 El Participante debe observar/seguir en todo momento las normas de la casa, las normas de conducta y las normas de seguridad adoptadas por el Organizador, así como las instrucciones del Organizador.
7.2 El Participante es consciente de que una Actividad puede entrañar riesgos para su salud y seguridad. Por lo tanto, para participar en una Actividad, el Participante debe gozar de buena salud y estar en buena forma física. El Participante debe notificar al Organizador por escrito antes de la Actividad a
cualquier detalle relativo a su salud o forma física que pueda ser importante para una participación adecuada y segura.
7.3 El Participante es responsable en última instancia de su propia salud y seguridad. La participación es en todo momento expresamente por cuenta y riesgo del Participante. El Organizador y todas las personas (de apoyo) asociadas con él y contratadas por él no son responsables en ningún caso con respecto a la Parte Contratante
/Participante(s)/terceros de ninguna pérdida tangible/intangible sufrida por el Participante o terceros (familia/familiares/herederos/cuidadores) como resultado de la participación en una Actividad. Antes del inicio de una Actividad, (cada) Participante declara haber tomado nota y estar de acuerdo con
estas condiciones generales y la Declaración de Riesgo y Responsabilidad que debe marcarse antes de reservar, en ausencia de la cual el Participante no podrá participar en la Actividad.
7.4 El Organizador recomienda que el Participante contrate un seguro de viaje/accidente que cubra al menos la totalidad de la Actividad.
7.5 El Participante debe estar en posesión de todos los documentos requeridos que sean obligatorios según la normativa local. Si el Participante no puede participar en una Actividad debido a la ausencia de un documento requerido, será por cuenta y riesgo de la Parte Contratante.
7.6 Al reservar una Actividad para varias personas, la Parte Contratante deberá especificar en todo caso el número de personas.
8.1. La anulación del Contrato por la Parte Contratante deberá realizarse por escrito y sólo será posible hasta 24 horas antes del inicio de la Actividad. El momento de la recepción se considera el momento de la cancelación. En ese caso, la cancelación es gratuita. Si la cancelación se produce más tarde, no se realizará ningún reembolso.
8.2. Si después del inicio de una Actividad un Participante decide terminar su participación anticipadamente, esto se considerará como una cancelación de todo el Contrato o una cancelación de la parte del Contrato relativa al Participante en cuestión. La Parte Contratante no tendrá derecho a reembolso alguno a
.
9.1. El Organizador tiene derecho a rescindir el Contrato de conformidad con las disposiciones legales.
9.2. Rescisión. La rescisión del Contrato por parte del Organizador se hará por escrito y será definitiva en el momento en que la Parte Contratante reciba la notificación de rescisión. El momento de la recepción se considera el momento de la cancelación.
9.3. El Organizador reembolsará el precio pagado dentro de los 14 días siguientes a la cancelación.
9.4. Si la cancelación está relacionada con actos/omisiones por parte del Participante – como el incumplimiento de los requisitos de información, normas de la casa, normas de conducta, normas de seguridad, reglamentos gubernamentales, instrucciones – no se reembolsará el precio. Cualquier pérdida sufrida por el Organizador correrá entonces a cargo de la Parte Contratante.
10.1. El Organizador tiene derecho a disolver el Contrato de conformidad con lo dispuesto en la ley.
10.2. En el caso de una reserva para varias personas, todos los actos/omisiones por parte de los Participantes serán por cuenta y riesgo del Contratante y, por lo tanto, pueden considerarse un incumplimiento del Contrato.
10.3. La Parte Contratante está obligada a compensar todas las pérdidas sufridas por el Organizador como consecuencia de la disolución.
11.1. El Organizador no está obligado a cumplir ninguna obligación frente a la Parte Contratante si se ve impedido de hacerlo como consecuencia de una circunstancia que no le sea imputable y que no sea de su responsabilidad con arreglo a la ley, a un acto jurídico o a una práctica generalmente aceptada.
11.2. El Organizador tiene derecho a suspender el cumplimiento de sus obligaciones, sin incurrir por ello en mora, si se ve temporalmente impedido de cumplir sus obligaciones como consecuencia de cambios en las circunstancias que no podían preverse razonablemente en el momento de la celebración del contrato y/o que escapan a su control.
11.3. Fuerza mayor. En las presentes condiciones generales, la fuerza mayor se define -además de lo que se define a este respecto en la jurisprudencia- como todas las causas imprevistas ajenas a la voluntad del Organizador que le impidan cumplir con sus obligaciones, entre las que se incluyen -sin ánimo de exhaustividad- catástrofes naturales, enfermedades, obstrucciones por parte de terceros o en terceros, incendios, huelgas/paros, problemas de transporte, condiciones meteorológicas, disturbios, guerras y medidas/reglamentos gubernamentales.
12.1. El Contrato puede modificarse a petición de la Parte Contratante. Las modificaciones sólo serán definitivas una vez aprobadas por el Organizador. Todos los costes adicionales correrán a cargo de la Parte Contratante.
12.2. Modificaciones. El Organizador se reserva el derecho en todo momento de realizar cambios en el Contrato debido a circunstancias, incluyendo en cualquier caso casos de fuerza mayor, sin que ello suponga un incumplimiento del Contrato, incluyendo (sin ser exhaustivo): cambiar las horas de inicio de la Actividad, cambiar la ruta de la Actividad, cambiar el punto de inicio y final de la Actividad, finalizar la Actividad antes de tiempo y cancelar la Actividad por completo.
12.3. Modificaciones. Las circunstancias mencionadas en el párrafo anterior de este artículo incluyen, sin ser exhaustivas: – las condiciones meteorológicas; – el riesgo de avalancha; – la salud de los Participantes/del instructor; – (el mantenimiento del) orden público; – las emergencias; – (el peligro para la) seguridad de los Participantes y de terceros; – las medidas tomadas por las autoridades públicas, incluidas las medidas relativas a la protección de la salud pública, que impidan de hecho y/o de derecho la realización de una Actividad;
12.4. Si el Organizador toma una medida de las mencionadas en el apartado 2 debido a las circunstancias mencionadas en el apartado 3, la Parte Contratante no tendrá derecho al reembolso de la cuota de inscripción ni a la compensación de las pérdidas.
12.5. Cancelación de la Actividad. Si el Organizador cancela la Actividad en su totalidad, esto no constituirá una cancelación del Contrato. En tal caso, el Organizador tendrá derecho a sustituirla, es decir, a celebrar la Actividad en otro momento y/o de otra manera. En ese caso, el Organizador no incumplirá el Contrato. En ese caso, el Participante no tendrá derecho al reembolso de la cuota de inscripción ni a la compensación de cualquier pérdida. El Participante sí tiene derecho al reembolso íntegro de la cuota de inscripción si el Organizador decide no proporcionar un sustituto.
12.6. Todas las disposiciones de las condiciones generales relativas a la responsabilidad de las Partes también se aplican si el Organizador proporciona un sustituto.
13.1. Sin perjuicio de lo estipulado en otras partes de estas condiciones generales, este artículo determina cualquier responsabilidad de las Partes.
13.2. Responsabilidad del Organizador. El Organizador sólo será responsable de las pérdidas sufridas directamente por la Parte Contratante / Participante que sean consecuencia exclusiva de un incumplimiento del Contrato imputable al Organizador.
13.3. Si el Contratante / Participante es una parte en el ejercicio de una profesión o negocio, el Organizador nunca será responsable de la pérdida sufrida por el Contratante, incluso si existe dolo o negligencia grave por parte del Organizador y/o terceros / personas (de apoyo) contratadas por el Organizador.
13.4. En todos los casos, el Organizador sólo será responsable por un máximo de la cantidad pagada por el asegurador del Organizador.
13.5. Si la responsabilidad no está cubierta por el seguro o el asegurador no paga (en su totalidad) por cualquier motivo, la responsabilidad del Organizador se limitará a la cantidad pagada por la Parte Contratante.
13.6. El Organizador no será responsable en ningún caso de:
a. las consecuencias de fenómenos meteorológicos/naturales (extremos);
b. pérdidas indirectas, como pérdidas comerciales y/o pérdidas consecuenciales;
c. pérdidas derivadas de un incumplimiento de contrato que sea consecuencia de fuerza mayor;
d. pérdidas, robos y daños a/de los bienes del Participante.
13.7. Responsabilidad del Organizador. El Organizador tiene derecho a contratar a terceros para la ejecución del Contrato. El Organizador no será responsable de las pérdidas causadas por actos y/u omisiones de estos terceros, incluso si existe imprudencia deliberada por parte de terceros. El Organizador tiene derecho a aceptar las limitaciones de responsabilidad de terceros.
13.8. Responsabilidad. El Organizador no asume ninguna responsabilidad por pérdidas que la Parte Contratante/Participante pueda reclamar en virtud de un seguro de viaje/accidentes.
13.9. La Parte Contratante es responsable ante el Organizador de cualquier pérdida resultante de actos/omisiones por parte de la Parte Contratante/Participante.
13.10. Cuando la Parte Contratante/Participante participe en el tráfico (motorizado), la Parte Contratante/Participante es responsable de su propio comportamiento al volante. El Organizador no se responsabiliza de las pérdidas sufridas por el Contratante/Participante o terceros en caso de accidente en
.
14.1. Todas las reclamaciones sobre defectos en la ejecución de un Contrato deberán notificarse al Organizador por escrito en un plazo de 24 horas tras la finalización de la Actividad.
15.1. Un Contrato y todos los litigios resultantes/relacionados se regirán exclusivamente por la legislación española.
15.2. Todas las controversias derivadas de/relacionadas con un Contrato, y si el Contrato es un contrato de consumo y el tribunal mencionado es un tribunal distinto del tribunal competente según la legislación española, el Organizador invocará esta cláusula de competencia contra la Parte Contratante y por la presente concede a la Parte Contratante un plazo de un mes para elegir el tribunal que sea competente según la legislación española para resolver la controversia.